La Ley N° 3239/07 “ Ley de los Recursos Hídricos del Paraguay “
Esta ley establece el manejo de los recursos hídricos en el Paraguay, que contara con un plan nacional de recursos hídricos, que será elaborado en base a la política nacional de los recursos hídricos.
Por la transversalidad del agua con los temas ambientales, la autoridad de aplicación de la ley de los Recursos Hídricos del Paraguay recae en la Secretaria del Ambiente, entidad rectora de la Política Ambiental Nacional y de la Política de Gestión de los Recursos Hídricos del Paraguay, esta ley N° 3239/07 ocupa un lugar especial en la agenda de la política ambiental nacional, que tiene como principio orientador la gestión integrada, compartida descentralizada, y participativa, tomando como unidad de planificación la cuenca hídrica, cuya capacidad es determinada por un balance hídrico integrado.
La política de gestión de los recursos hídricos, que se establece en esta ley 3239/07 de los Recursos Hídricos del Paraguay, cuya autoridad de aplicación es la Secretaria del Ambiente, traza las directivas y los principios rectores que llenen las aspiraciones sociales y gubernamentales con miras a una visión integral de los recursos hídricos, con enfoque de genero y a políticas de desarrollo sostenible del país, en armonía con la naturaleza y el ordenamiento ambiental territorial; considerando el agua, como un derecho humano, el acceso a la misma asegura la calidad de vida de todo ciudadano paraguayo sin distinción, y establece como prioridad, el uso para consumo humano.
Esta ley, en proceso de reglamentación por la autoridad de aplicación, establece la gestión sustentable e integral de todas las aguas del ciclo hidrológico y los territorios que la producen, cualquiera sea su ubicación, estado físico o su ocurrencia natural dentro del territorio paraguayo, con el fin de hacerla social, económica y ambientalmente sostenible para los habitantes, actuales y futuros del territorio de la República del Paraguay, permitiendo la soberanía sobre sus recursos hídricos, en concordancia con la Política Ambiental Nacional. Incorpora conceptos con visión de futuro, tales como la planificación por cuenca, el balance hídrico integrado, el caudal ambiental, con criterio de sostenibilidad, garantizando la vida digna del ser humano, tendiendo a la protección de la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible.
Elena Benítez, Directora General
Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos
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